En el día hábil de hoy, 20 de Enero de 2014, siendo las 11:15 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparece el apoderado judicial abogado Manuel Felipe Aguilar en representación del demandante y SERENOS DE PROTECCION VILLABLAS SERPROVICA, C.A. en su condición de parte demandada, debidamente representada por el apoderado judicial abogado Randy Rosales, quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, la demandada pagará el 23/01/14 al demandante en la sede del Tribunal la cantidad de tres mil quinientos bolívares (Bs. 3.500,00) con este pago se dan por satisfechos los siguientes conceptos reclamados en el libelo: antigüedad, vacaciones fraccionadas, bono vacacional fraccionado y utilidades fraccionadas. Declara el demandante que nada queda a deber la demandada ni por estos ni por ningún otro concepto. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de confor.....