este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en ejercicio de la potestad cautelar deferida en el artículo antes nombrado, DECRETA MEDIDA PREVENTIVA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR, sobre el cincuenta por ciento (50%) de los derechos de propiedad que le corresponden al ciudadano XIOMAR ENRIQUE NAVARRO, ya identificado, en su condición de cónyuge de la ciudadana NERITZA MARTINEZ GARCÍA, sobre un inmueble tipo vivienda unifamiliar, signado bajo el No. 19, ubicado en la calle C de la urbanización o parcelamiento denominado conjunto residencial Villaduna, ubicado en la prolongación de la calle 5 de San Jacinto, margen oeste de la avenida 15 o Fuerzas Armadas, o prolongación de la avenida Delicias Norte, jurisdicción de la Parroquia Juana de Ávila, Municipio Maracaibo del Estado Zulia, debidamente inscrit.....