Este JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PÁEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, dándole cumplimiento al presente mandamiento de Amparo Constitucional, en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ordena REINCORPORAR, al ciudadano CIRO ANGEL BALLESTERO, antes identificado, quien se encuentra presente en este acto, a sus labores habituales de trabajo, en forma inmediata e incondicional, en cumplimiento de la Providencia Administrativa N° 00297-09, dictada el 30 de septiembre de 2009, por la Inspectoria del Trabajo del Estado Zulia, y verificar el efectivo pago de los salarios caídos que se le adeuden; debiendo ser acatado el Amparo acordado so pena de incurrir en desobediencia a la autoridad judicial en aplicación de las sanciones previstas en el articulo 31 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales. de 2009, en virtu.....