Por los fundamentos antes expuestos, este TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la Republica, y por Autoridad de la Ley, Declara en Estado de ejecución la presente Sentencia y el respectivo cómputo de Ley, relacionado con el penado JOSE RODRIGO GIL DIAZ, titular de la cédula de identidad N° V-22.918.339, venezolano, natural de Monte Negro, República de Colombia, de 37 años de edad, soltero, publicista, hijo de Rodrigo Gil y de Rosalía Diaz, residenciado en Parigual, calle Los Rosales, N° 20, Punto Fijo, Estado Falcón, actualmente recluido en el Centro de Arrestos de Santa Bárbara del Zulia, ordenando su inmediato traslado a la Cárcel Nacional de Maracaibo, de conformidad con lo establecido en los artículos 482, 484 y 493, todos del Código Orgánico Procesal Penal.
Regístrese la presente Resolución, publíquese, remítanse copias certificadas de .....