El error denunciado por él, consiste en que, no fue asentado correctamente su número de cédula de identidad en la referida acta, el cual se evidencia que se transcribió 11.854.249, como consta en el acta de Matrimonio anexo con la letra "A", expedida por ante este Tribunal del Municipio Maneiro de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, inserta bajo el Nro. CATORCE (14), de los libros de Registro Civil de Matrimonios llevados por ante ese Juzgado en el año 1991, siendo lo correcto 11.854.242, ahora bien, probado como ha sido lo alegado por el apoderado judicial del solicitante y vista la obviedad del error material denunciado que no amerita la tramitación de un Juicio de RECTIFICACION DE ACTA DE PARTIDA DE MATRIMONIO, este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MANEIRO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE NUEVA ESPARTA , administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, co.....