DISPOSITIVA
En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda de Desalojo, incoada por el ciudadano ZHENG HUI XIONG, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-22.653.567, contra la ciudadana XUE DAN ZHENG, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 27.000.029.
SEGUNDO: SIN LUGAR, las Cuestiones Previas opuestas por la ciudadana XUE DAN ZHENG, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 27.000.029.
TERCERO: SIN LUGAR, la Reconvención propuesta por la ciudadana XUE DAN ZHENG, ya identificada.
CUARTO: Se le ordena a la ciudadana XUE DAN ZHENG, ya identificada, desalojar el inmueble arrendado y entregarlo libre de bienes y personas, al ciudadano ZHENG HUI XIONG, ya identificado.
QUINTO: Se condena en costas a la ciudadana XUE DAN .....