Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos, este JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CABIMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO POR EL ARTÍCULO 185-A DEL CÓDIGO CIVIL, propuesta por los ciudadanos JOSÉ VICENTE ROMERO CASTILLO y PAULA DEL CARMEN SUÁREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números 14.397.696 y 9.849.477 respectivamente, domiciliado el primero en el Sector Nueva Cabimas, Barrio Unión, calle La Pastora, calle Unión, casa 32, Parroquia Rómulo Betancourt, Municipio Cabimas del Estado Zulia y la segunda domiciliada en el Sector Nueva Cabimas, casa 23, Parroquia Rómulo Betancourt, Municipio Cabimas del Estado Zulia, debidamente asistidos por la Abogada en ejercicio, ciudadana ZORAIDA ROJAS MARÍN, inscrita en el INP.....