´´´Por todos los razonamientos antes expuestos y en conformidad con los artículos 2, 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y los artículos 864 y siguientes, 509, 362 y 868 del Código de Procedimiento Civil, en consonancia con lo establecido en los artículos 1.159, 1264 y 1579 del Código Civil y los Artículos 14 y 40 (literales "a", "i") y Articulo 43 de la Ley de Regulación del Arrendamiento Inmobiliario para Uso Comercial, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maturín, Aguasay y Santa Bárbara de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara PRIMERO: CON LUGAR la CONFESIÓN FICTA de la parte demandada, ciudadano ANGEL WILFREDO OSUNA GUATARASMA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-17.935.901. SEGUNDO: CON LUGAR la demanda de DESALOJO DE LOCAL COMERCIAL, incoada por los ciudadan.....