PARTE DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA APROBADO Y HOMOLOGADO EL CONVENIMIENTO suscrito en fecha Veinticinco (25) de Septiembre de 2014, por ante la Defensoría de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Intendencia de la Parroquia Venezuela del Municipio Lagunillas del Estado Zulia, por los ciudadanos: YASMILI CHIQUINQUIRA CRESPO ARIAS y LUIS GUSTAVO MORILLO MORILLO, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nos. V-27.126.218 y V-21.555.885, respectivamente, domiciliados en Jurisdicción del municipio Lagunillas del estado Zulia, en materia de Obligación de Manutención y Régimen de Convivencia Familiar, en beneficio del niño: (SE OMITE, DE CONFORM.....