DECISION
Por las consideraciones de hecho y de derecho anteriormente expuestas y cumplidos como se encuentran los extremos legales, de conformidad con los Artículos 585 y 646 del Código de Procedimiento Civil, este JUZGADO DEL MUNICIPIO LA CAÑADA DE URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide:
1.- DECRETAR MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR sobre el cincuenta por ciento (50%) de los derechos de propiedad que le corresponden al demandado de autos, ciudadano NOLBERTO OLANO ROMERO, titular de la cédula de identidad N°. V-9.703.631, sobre un inmueble adquirido en comunidad denominado Granja Santa Ana, ubicado en el asentamiento campesino "Massato", jurisdicción de la Parroquia El Carmelo del Municipio La Cañada de Urdaneta del Estado Zulia y alinderado de la siguiente manera: NORTE, vía de penetración y propiedad que es o fue de Danilo Rincón; SUR, con la par.....