DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y MARÍTIMO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SE ORDENA el levantamiento de la medida cautelar de Prohibición de Enajenar y Gravar decretada por este Juzgado en fecha veintidós (22) de noviembre de 1988, y la cual versó sobre un inmueble cuya propiedad recae sobre el ciudadano HENDER DE JESUS TORRES PEDREAÑEZ, un bien inmueble constituido por un apartamento vivienda señalado con las siglas 0-4, Planta Baja del Edificio "Residencias Club Hípico, en la calle 94 esquina de la Avenida 73ª, sector antiguo Club Hípico, en el Municipio Cacique Mara, Distribuidor Maracaibo del Estado Zulia; y alinderado así: NORTE: en sesenta y nueve metros con setenta y cuatro centímetros (69,74 mts) con la calle 94; SUR: en sesenta y siete.....