DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, con base a los fundamentos de hecho y derecho plasmados anteriormente, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la demanda que por INDEMNIZACIÓN POR DAÑOS Y PERJUICIOS, incoara la ciudadana CARMEN RAQUEL CAMEJO DE DUQUE, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad N° 4.996.142, domiciliada en esta Ciudad y Municipio Maracaibo del Estado Zulia, en contra del ciudadano ALBENYS GARCÍA PAZ, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad N° 3.928.217 del mismo domicilio. ASÍ SE DECIDE.-
SEGUNDO: SIN LUGAR la reconvención o mutua petición que por INDEMNIZACIÓN DE DAÑOS Y PERJUICIOS, incoara el ciudadano ALBENYS GARCÍA PAZ en contra de la ciudadana CARMEN RAQUEL CAMEJO DE DUQUE, anteriormente .....