Por los razonamientos que anteceden, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas de conformidad a lo establecido en el artículo 12 y 242 del Código de Procedimiento Civil, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha 23 de marzo de 2015, por la abogada LORENA MARTINEZ, en su carácter de co-apoderada judicial de la parte demandada en el presente juicio con motivo de COBRO DE BOLÍVARES (VÍA INTIMACIÓN), en contra de la sentencia de fecha 18 de marzo de 2015, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas. En los términos expuestos se CONFIRMA la decisión recurrida. Prosígase el curso de ley en atención a lo preceptuado en el ordinal 4° del artículo 358 del Có.....