este TRIBUNAL OCTAVO DE JUICIO PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL Y TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, actuando en sede Constitucional, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, declara:
PRIMERO: INADMISIBLE SOBREVENIDAMENTE la acción de amparo constitucional interpuesta por la ciudadana ZURISADAY CASTRO, contra la sociedad mercantil MULTICINE LAS TRINITARIAS, C.A.
PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE
Déjese copia certificada por secretaría del presente fallo, de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo establecido en el artículo 1.384 del Código Civil y a los fines previstos en los ordinales 3° y 9° del artículo 72 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Dada, sellada y firmada en el Tribunal Octavo de Primera Instancia de Juicio para el Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en Maracaibo a los diecinueve .....