este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, Extensión Santa Bárbara de Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara Con Lugar la solicitud de la defensa técnica. REVISA y EXAMINA la medida de coerción personal que le fuere impuesta mediante Resolución Nº 1.351-2010, de fecha 27 de Diciembre de 2.010, al ciudadano JAVIER ENRIQUE PEREZ QUINTERO, plenamente identificado en actas, relacionada con la causa penal seguida por la presunta comisión del delito de VIOLENCFIA PSICOLOGICA, previsto y sancionado en el artículo 39 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana LISBETH YAJAIRA GONZALEZ, y en consecuencia, la MODIFICA, extendiendo el lapso de presentaciones de cada Treinta (30) días a cada sesenta (60) días, contados a partir de la última fecha de presentación realiza.....