PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la parte demandante contra de la sentencia de fecha 10 de mayo de 2016, dictada por el Tribunal Noveno del Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia. SEGUNDO: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la parte co-demandada CLARINDA ELVIRA ALVES CASTRO contra de la misma sentencia. TERCERO: CON LUGAR la demanda incoada por los ciudadanos HENRY GALBAN, MARTÍN CARO, y MARTÍN GARCÍA, contra la entidad de trabajo INGENIERÍA RINCÓN NOGUERA C.A., y contra los ciudadanos CLARINDA ELVIRA ALVES CASTRO y LUÍS RODOLFO RINCÓN NOGUERA, en consecuencia se condena a los demandados a pagar, in solidum, a los accionantes antes nombrados, las cantidades de dinero especificadas en la parte motiva de esta decisión, más intereses sobre la prestación de antigüedad, intereses moratorios y la corrección monetaria, calculados por experticia complementaria del fallo. CUARTO: C.....