Por las razones anteriormente expuestas, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y MARÍTIMO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR la denuncia que por FRAUDE PROCESAL incoara incidentalmente la profesional del Derecho ciudadana CARMEN TERESA BRAVO DE ACEVEDO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 99.801, actuando en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana GRISELL CRISTINA HERRERA FERNÁNDEZ, plenamente identificada, en contra de la abogada en ejercicio MARÍA DE JESÚS MACHADO BARRIOS, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 121.213, quien manifestó actuar en defensa de los derechos e intereses de su hijo, ciudadano JESÚS HERRERA MACHADO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 17.086.221, domiciliado en la ciudad de Praga, República Checa, conforme a instrumento poder debidamente otorga.....