PRIMERO: ADMITE el recurso de apelación de autos presentado en fecha 30 de mayo de 2.024 por el profesional del derecho Darwing Urdaneta, debidamente inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (IPSA), bajo el Nº 279.696, quien funge como defensor privado del ciudadano JOSUÉ DAVID QUINTERO CARREÑO, titular de la cédula de identidad Nº V-23.448.516, dirigido a impugnar la decisión No. 328-2024 dictada en fecha veintíisiete (27) de mayo de 2024 por el Juzgado Undécimo (11°) de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 4º del artículo 439 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: ADMITE la prueba promovida por el recurrente, en virtud de que se trata de una prueba documental cuya utilidad, necesidad, legalidad, licitud y pertinencia puede ser corroborada directamente cuando se resuelva el presente recurso, prescindiendo de la celebración de la audiencia oral, a la que se contrae .....