Por los fundamentos expuestos, este Tribunal de los Municipios Catatumbo y Jesús Maria Semprún de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con los artículos 315, 375 y 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, DECLARA: APROBADO Y HOMOLOGADO TOTALMENTE EL NUEVO CONVENIMIENTO, celebrado entre los ciudadanos, MARY SOLED SANTIAGO LINDARTE, venezolana, soltera, mayor de edad, Titular de la Cedula de Identidad N°V-25.300.227, domiciliada en el Sector Las Palmeras, Casigua El Cubo, Parroquia Y Municipio Jesús Maria Semprun, del Estado Zulia, y el ciudadano WALTER NEVIANIS GUERRERO FLORES, venezolano, soltero, mayor de edad, Titular de la Cedula de Identidad N° V-13.939.258, domiciliado en la Calle Venezuela, Casigua El Cubo, Parroquia Y Municipio Jesús Maria Semprun, del estado Zulia, en beneficio de los menores(IDENTIDADES OMITIDAS) GUE.....