VIII.-Dispositiva.
En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta, administrado justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara:
Primero: Sin lugar el recurso de apelación interpuesto por el abogado Jorge González López, en su condición de apoderado judicial de la parte demandada reconviniente, sociedad mercantil Organización Graciliano Camino Villarroel, C.A., debidamente inscrita en el Registro Mercantil I de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y estado Miranda, el día 08-04-1994, bajo el N° 16, Tomo 12-A Pro, contra la sentencia definitiva dictada en fecha 19-03-2009 por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta.
Segundo: Se ratifica la decisión apelada dictada en fecha 19-03-2009 por el Juzgado Segundo de Primera In.....