Por los fundamentos antes expuestos, este TRIBUNAL DECIMO QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara:
CON LUGAR, la solicitud de divorcio por mutuo consentimiento, criterio jurisprudencial No. 693/15 de fecha 02/06/2015 dictado por Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, instaurada por los ciudadanos MARIA ISABEL REYES ARAUJO y MERVIS JOSE BELLOSO FREILE, titulares de las cedulas de identidad No. V- 14.280.772 y V- 14.545.871, respectivamente, domiciliados en el Municipio Maracaibo estado Zulia, asistidos por la defensora publica JHOANINI PATRICIA MORALES, adscrita a la defensa pública del estado Zulia.- En consecuencia, se declara disuelto en divorcio, el vinculo matrimonial que contrajeran en fecha veinte (20) de diciembre del 2003, por ante el Jef.....