PRIMERO: ADMISIBLE el escrito contentivo del recurso de apelación de autos presentado en fecha 21.02.2025 por el profesional del derecho Ender José Alaña Amado, debidamente inscrito en el inpreabogado bajo el No. 98.021, actuando con el carácter de defensor privado de los ciudadanos Luís Rodolfo Parra Rodríguez y Jennifer Dayana Montero Nava, titulares de la cédula de identidad No. V.-19.098.268 y V.-20.331.570, respectivamente, dirigido a impugnar la decisión No. 1C-112-2025 dictada en fecha 16.02.2025 por el Juzgado Primero (1°) de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, extensión Cabimas.
SEGUNDO: ADMISIBLE el escrito de contestación presentado en fecha 28.02.2025 por la fiscalía Sexagésima Novena (69°) del Ministerio Público, de este Circuito Judicial Penal, conforme al contenido del artículo 441 del Código Orgánico Procesal Penal.