Ahora bien, siendo que la parte demandante, en la oportunidad interponer la demanda, reclama honorarios profesionales judiciales y extrajudiciales, pretensiones contradictorias, por lo que analizada como fue la norma precitada, está Juzgadora declara la inadmisibilidad de la acción propuesta, debido a la incompatibilidad de procedimientos y contrario a disposición expresa de ley, puesto que el presente juicio gira la reclamación de Honorarios Profesionales Judiciales y Extrajudiciales, juicios que son opuestos entre si por tratarse de procedimientos especiales, distintos y disconformes según lo dispuesto en la Ley de Abogados. En consecuencia, no queda más a está Jurisdicente que declarar INADMISIBLE la acción propuesta.
Publíquese y regístrese. Déjese copia certificada por Secretaría de la presente decisión a los fines legales previstos en los ordinales 3° y 9° del artículo 72 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y de conformidad en lo establecido en el artículo 248 del Código de.....