DISPOSITIVA
En virtud de lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Control Nº 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: DECLARA CON LUGAR LA APREHENSIÓN EN FLAGRANCIA de el ciudadano: FERNANDO MIGUEL ROJAS RUIZ, titular de la Cédula de Identidad No.20.385.993
SEGUNDO: Acuerda se siga la Causa por el PROCEDIMIENTO ORDINARIO, previsto en el 280 del Código Orgánico Procesal Penal.
TERCERO: Se impone al ciudadano: MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACION DE LIBERTAD de conformidad con el artículo 256, ordinal 2do del Código Orgánico Procesal Penal, consistente en someterse a la Vigilancia del Comandante del Ejército Del Fuerte Tiuna Reiner Enrique Urbaez Fermín, del Batallón H^oleary, Caracas, Distrito Capital, quien deberá informar periódicamente acerca de la conducta del imputado. Ofíciese.
Regístrese, Publíquese, Not.....