DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos este Juzgado Sexto de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA: PRIMERO: LA SUSPENSION CONDICIONAL DE LA EJECUCION DE LA PENA al penado LEONIDES ENRIQUE QUINTERO URDANETA, Venezolano, natural de Maracaibo Estado Zulia, fecha de nacimiento 10-07-81, de 25 años de edad, Concubino, obrero, portador de la cédula de identidad N° 16.559.094, hijo de Cecilia del Carmen Urdaneta y Leonidas Quintero, residenciado en el sitio, calle 72, casa No. 107-59, entrando por el Deposito Sacrificio Maracaibo Estado Zulia, todo de conformidad con lo establecido en el articulo artículo 479 numeral 1° del Código Orgánico Procesal Penal, NUEVE (09) MESES, a partir de la presente fecha, hasta el día 19-12-2009, así como las siguientes obligaciones: Prohibición de salir del Estado Zulia y del País. No cambiar de residencia sin autorizació.....