III
DISPOSITIVO
En consecuencia, Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, CON SEDE EN CABIMAS, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la ley, DECLARA:
PRIMERO: HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO suscrito por la parte demandante en el presente CUMPLIMIENTO DE CONTRATO siguen los ciudadanos ANGEL ANTONIO TORRES ALVAREZ y ANA DEL VALLE SALAZAR TORRES, de nacionalidad venezolana, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V.7.153.505 y V.5.504.814, respectivamente, domiciliados en el Municipio Lagunillas del Estado Zulia en contra de la ciudadana CHRIS CATHERYN SÁNCHEZ ALFONZO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V. 17.995.189, domiciliada en el Municipio Lagunillas del Estado Zulia. pasándola en autoridad de cosa juzgada.
SEGUNDO: Se ordena el archivo del expediente, una vez firme la presente decisión.....