Revoca conforme a los previsto en el articulo 262 numerales 2 y 3 del Código Orgánico Procesal la medida cautelar sustitutiva de libertad que le fuera impuesta la acusado ciudadano: JUAN CARLOS CARREÑO, y se ordena la aprehensión del ciudadano: JUAN CARLOS CAREÑO, para lo cual se comisiona a los diferentes cuerpos de seguridad, quienes deberán notificar a este Tribunal una vez aprehendan al acusado asimismo se acuerda fijar fecha cierta para efectuar la Audiencia oral y pública cuando se produzca la captura del acusado.