PRIMERO: ADMITE EL RECURSO DE APELACIÓN DE AUTOS, interpuesto por las profesionales del derecho Celina Terán Camargo y Mariangelis Araque Diaz, actuando en carácter de Fiscal Provisorio y Fiscal Auxiliar Interina adscritas a la Fiscalia Octava del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, contra la decisión de fecha 07 de Octubre de 2019, dictada por el Juzgado Tercero (3°) de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia.
SEGUNDO: ADMITE EL ESCRITO DE CONTESTACION incoado contra el recurso de apelación de autos por los Abogados Erol Oscar Emanuels Sperandio y Alejandro Méndez Velásquez, actuando en la cualidad de Apoderados Judiciales de la victima querellante, ciudadana IDALY DEL CARMEN SERRANO ZAMORA.
TERCERO: ADMITE LAS PRUEBAS promovidas por los apoderados judiciales de la victima querellante, prescindiendo de la audiencia oral a que se refiere el artículo 442 del Código Orgánico Procesal Penal.