Por los fundamentos y razonamientos antes expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
1.- SIN LUGAR Sin Lugar la cuestión previa contenida en el ordinal 1° del artículo 346 del Código de procedimiento Civil, opuesta por el abogado OMAR ENRIQUE SAAVEDRA MACHADO, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada ciudadano ALEJANDRO ALMARZA, referida a la falta de competencia de este Tribunal, en consecuencia: éste Juzgado AFIRMA SU COMPETENCIA para seguir conociendo de la presente acción de Indemnización de daños y perjuicios, seguida por el ciudadano EDUARDO JOSE NAVA PEROZO en contra de la ciudadano ALEJANDRO ALMARZA.
2.- SUBSANADA, la cuestión previa contenida en el ordinal 6° del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, opuesta por el a.....