DISPOSITIVO
En virtud de lo antes expuesto, éste TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CABIMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio fundada en el Artículo 185-A del Código Civil, presentada por los Ciudadanos EDIOVER ENRIQUE MELENDEZ PIÑA y YARIELVIS CAROLINA HERRERA VERA, quienes son venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las cédulas de identidad números V-18.978.627 y V-21.045.571 respectivamente.
SEGUNDO: DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, contraído en fecha dos (2) de Agosto del año dos mil diez (2.010), por ante el Registro Civil de la Parroquia Jorge Hernández del Municipio Cabimas del Estado Zulia, Acta N° 87, Folio N° 173, Año 2.010.
Se deja expresa constancia que los solicitantes estuvieron asistidos por la Profesional del Derecho MARIELA ARAQUE de SUAREZ, i.....