En fuerza de las anteriores consideraciones, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara HOMOLOGADA en derecho la TRANSACCIÓN, en el procedimiento por motivo de COBRO DE BOLIVARES (VIA INTIMACION), celebrada entre la Demandante ARELIS MARIA AGUACHE ROMERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 9.896.778, domiciliada en la Calle Junín, de esta Ciudad de Maturín, Estado Monagas; y su abogado asistente DAVID RONDON JARAMILLO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad nro. V- 4.613.063, inscrito en el inpreabogado bajo el nro. 18.455, domiciliado en la carrera 8-A, con calle nro. 17, Edificio Lucí, Segundo Piso, Oficina nro. 11, de esta Ciudad de Maturín, Estado Monagas; en contra del ciudadano VICENTE QUERALES DIAZ, venezolano, mayor de edad, titular.....