DISPOSITIVA
En mérito de lo expuesto anteriormente, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio y del Régimen de Transición de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, con base a lo establecido en los artículos 9.3 de la Convención de los Derechos del Niño, 76 de la Constitución y 8, 27, 385, 386 y 387 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños Niñas y Adolescente, declara SIN LUGAR la solicitud de REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR, intentada por la ciudadana CARMEN ELENA CALZADILLA TOVAR, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 11.341.629, de este domicilio, contra el ciudadano FELIX ANTONIO CAMPOS ZAPATA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 8.378.818, de este domicilio, a favor de sus hijos.