Por los fundamentos antes expuestos, este TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA ORDEN de ALLANAMIENTO, en las residencias ubicada en 1.-) el Barrio Carmelo de Urdaneta, en la avenida 101, frente al Abasto El triunfo diagonal al Posta N13B02, casa de color beige pastel, y 2.-) Barrio Raúl Leoni, calle 78ª, casa No. 92-46, Curva de Molina, al lado del Deposito de Licores El Manantial, con la finalidad a los fins de incautar los objetos hurtados, el cual será practicado por funcionarios adscritos a la División de Investigaciones Penales de la Policía Regional del estado Zulia; de conformidad con lo establecido en el artículo 210 del Código Orgánico Procesal Penal.
Regístrese la presente decisión. CUMPLASE.-
LA JUEZ DE CONTROL,
DRA. ZAIDA VILLASMIL DE GARCIA LA SECRETARIA SUPLENTE,
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