Vista la diligencia de fecha 14 de julio de 2011, suscrita por el abogado en ejercicio NOELI CAPO CUBA, actuando con el carácter de actas, solicitando la ejecución forzosa de la sentencia dictada en fecha 24 de marzo de 2011, este Tribunal en consecuencia, y por cuanto se observa el vencimiento del lapso para el cumplimiento voluntario fijado por este Tribunal en auto de fecha 15 de abril de 2011, no habiéndose manifestado el mismo por parte de la demandada, el Tribunal declara la EJECUCIÓN FORZOSA de la sentencia dictada por este Juzgado antes referida, razón por la cual se decreta medida de EMBARGO EJECUTIVO, sobre bienes muebles e inmuebles propiedad de la Sociedad Mercantil SUNBELT SURPLUS, S.A, inscrita originalmente en el Registro Mercantil Tercero del Estado Zulia, en fecha 08 de noviembre de 2001, bajo el No. 28, tomo 54-A como deudora principal representada por su Presidente ciudadano JOSE RONASIS RAMÍREZ CONTRERAS, titular de la cédula de identidad No. 9.773.206 y el ciudad.....