a) PERIMIDA LA INSTANCIA en el presente Juicio de RECTIFICACION DE PARTIDA solicitado por la Abogada en ejercicio EVELIN ELENA GUERRA PAZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No.13.007.942, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 85.259, domiciliada en el Municipio Maracaibo del Estado Zulia, actuando en representación de su hija MARIAURA ELIZABETH URDAENETA GUERRA, y sobre el progenitor de la misma, ciudadano DIONISIO JOSE URDANETA MADUEÑO, titular de la Cédula de Identidad No. 12.217.942, en relación a la partida de nacimiento correspondiente a la niña antes mencionada.
No hay costas de conformidad con el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese, regístrese, notifíquese. Déjese copia certificada por Secretaría.
Dada, firmada y sellada en la Sala 1 del Despacho del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en Maracaibo, a los Ocho (08) .....