Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE EJECUCION DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CONCEDE LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA, a la penada OSCARINA ELENA ALFONSO RUBIO de Nacionalidad Venezolana, Natural de Maracaibo, Estado Zulia, Fecha de Nacimiento 30-08-81 Civil Soltera, de 23 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 16.836.763, Profesión u Oficio del hogar, hija de OSCAR ALFONSO Y TRINA RUBIO, residenciada en la AV Nueva Vía calle 71A, casa No 28A-279 frente al Taller la Meca Maracaibo Estado Zulia, quien fue condenada por el Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, a cumplir la pena de DOS (02) AÑO DE PRISION, por la comisión del delito de LUCRO POR ENTREGA DE NIÑO, previsto y sancionado en el articulo 267 de la Ley Orgánica para la Proteccion del.....