DISPOSITIVA
Por los fundamentos expuestos esta Sala N° 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Zulia Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el ABG. HENRY JOSÉ MORENO VALBUENA, actuando como defensor del ciudadano GUARIONEX JOSÉ ROJAS MACHIN.
SEGUNDO: CONFIRMA la decisión Nº 2C-298-2015, dictada en fecha 3 de abril de 2015, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, extensión Cabimas, mediante la cual ese Tribunal decretó medida de privación judicial preventiva de libertad en contra el aludido procesado, por la presunta comisión de los delitos de HOMICIDIO CALIFICADO EN GRADO DE FRUSTRACIÓN; en perjuicio del ciudadano MAIKOL SCANDELA.
Publíquese, regístrese en el libro respectivo, déjese copia certificada en archivo y remítase la presente causa en la.....