DECISIÓN
Por los razonamientos antes dilucidados, este Juzgado Noveno de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA: MEDIDA DE EMBARGO PREVENTIVO sobre bienes muebles propiedad de los demandados, Sociedad Mercantil ORGANIZACIÓN DE MERCADEO Y COMERCIALIZACIÓN, C.A., (OMERCO, C.A.), y los ciudadanos JOSÉ APARICIO HERNANDEZ URDANETA y LUZCADIZ JUSTINIANA ROJAS DE HERNANDEZ, todos identificados plenamente, hasta cubrir la cantidad de DOSCIENTOS UN MIL CUATROCIENTOS DOCE BOLIVARES CON TRES CENTIMOS (Bs.F. 201.412,3), cantidad ésta correspondiente al monto intimado mas un treinta por ciento (30%). Todo en el juicio que por COBRO DE BOLIVARES POR INTIMACIÓN sigue la Sociedad Mercantil BANCO OCCIDENTAL DE DESCUENTO, BANCO UNIVERSAL C.A en contra de la Sociedad Mercantil ORGANIZACIÓN DE MERCADEO Y COMERC.....