Por los fundamentos expuestos, este Juzgado, administrando justicia en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud de DIVORCIO y en consecuencia, queda DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL contraído por los ciudadanos AMÉRICO JOSÉ ROMERO y ELIDA JOSEFINA FUENMAYOR ORTEGA, el día veinte (20) de agosto de mil novecientos setenta y nueve (1.979), ante el Prefecto y Secretario respectivamente, del entonces Municipio Dr. Jesús Enrique Lossada del Distrito Maracaibo, hoy Municipio Autónomo Dr. Jesús Enrique Lossada del Estado Zulia, acompañada a las actas en copia certificada signada con el No. 139.