Por todos los razonamientos antes expuestos este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencia y Medidas Itinerante del Circuito Judicial Penal con Competencia en Delitos de Violencia contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, impartiendo justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA: 1) INADMISIBLE, el escrito acusatorio, presentado por la Fiscalía Trigésima Tercera (33°) del Ministerio Publico, en contra del ciudadano JOSE GREGORIO MARTINEZ VARGAS, VENEZOLANO DE 29 AÑOS DE EDAD, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD V- 6.831.625, por la presunta comisión del delito de: ACTO CARNAL CON VICTIMA ESPECIALMENTE VULNERABLE DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 58 DE LA LEY ORGANICA SOBRE EL DERECHO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA AUNADO A LA AGRAVANTE GENERICA DEL ARTICULO 217 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTE. 2) CON LUGAR lo solicitado por .....