Vista y revisada como ha sido la transacción presentada por el abogado en ejercicio Amado Sandoval Reyes, inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 87.903, quien actúa como apoderado judicial de la sociedad mercantil ZULIANA DE PLÁSTICOS, C.A. (ZUPLA, C.A.) y la abogada en ejercicio María Eugenia Quintero Villalobos, inscrita en el INPREABOGADO bajo el N° 54.090, asistiendo a el ciudadano ANDRY GONZALEZ en su condición de parte actora. Este Tribunal una vez analizadas los términos en los cuales fue redactada la presente transacción, observa que la misma reúne los requisitos establecidos en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo y artículos 9 y 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo. HOMOLOGA EL PRESENTE ACUERDOO.