DISPOSITIVA
Por los fundamentos expuestos esta Sala Segunda de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto bajo la modalidad de efecto suspensivo, por el Representante de la Vindicta Publica, ABG. EDUARDO JOSE MAVAREZ GARCIA, Fiscal auxiliar Interino Quincuagésimo del Ministerio Público, de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.
SEGUNDO: CONFIRMA la decisión Nº 7C-028-2019, de fecha 25-01-19, dictada por el Juzgado Séptimo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, mediante la cual el referido Órgano Jurisdiccional, entre otros pronunciamientos, decretó la Medida Cautelar Sustitutiva a la Privación Judicial Preventiva de Libertad, prevista en el numeral 1 del artículo 242 del Código Orgánico Procesal Penal, a favor de de los ciudadanos: .....