DISPOSITIVO
Ahora bien, examinados como han sido los documentos consignados por la solicitante, JUZGADO DECIMO TERCERO DE MUNIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, dejando a salvo los derechos de terceros conforme lo establece el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, considera cumplidos los requisitos de procedencia de la presente solicitud, y en consecuencia, DECLARA suficientes los Derechos que tiene la ciudadanaFABIOLA CAROLINA BARRAZA TAPIA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 29.536.720, correo electrónico fabiolacbt17@gmail.com, teléfono Nº 0424 6691210, domiciliada en el Municipio Maracaibo del estado Zulia, en su carácter dehijadel de cujus, como ÚNICA Y UNIVERSAL HEREDERA del causante MARIO ALBERTO BARRAZA MENDEZ. ASI SE DECIDE.Devuélvanse estas actuaciones en original al solicitante, así mismo se ordena expedir Cuatro (04) c.....