DISPOSITIVA
En mérito de las razones expuestas, esta Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de apelación de autos, interpuesto por el ciudadano penado RAFAEL ANTONIO ORTEGA MOLINA, titular de la cédula de identidad No. 17.293.414, contra la sentencia No. 019-11, de fecha 25.05.2011, emitida por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, mediante la cual se condenó al precitado ciudadano a cumplir la pena de nueve (09) años, seis (06) meses, siete (07) días y doce (12) horas de prisión, más las accesorias de ley, por haberse acogido a la institución de la admisión de los hechos, por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal y LESIONES INTENCIONALES LEVES EN GRADO DE COMPLI.....