UNICO
Visto que en fecha 07 de enero de 2009, este Tribunal acordó previa solicitud, la designación de un Defensor Judicial en el Juicio de Intimación y Estimación de Honorarios Profesionales derivado de Juicio Agrario, para la cual se oficio a la Coordinación Regional de la Unidad de Defensa Publica del Estado Monagas, quien mediante oficio Nº CRDPM-0079-09, de fecha 30-01-09, informó a este Tribunal que debería designar un Defensor Judicial ya que los Defensores Agrarios no tienen establecido dentro de sus competencias y atribuciones, debidamente discriminadas en la Ley Orgánica de la Defensa Publica en los artículos 51, 52, 53, 54, 55, y 56, actuar en Juicios de Intimación y Estimación de Honorarios Profesionales aunque la acción principal sea en Materia Agraria.
Ahora bien, deja constancia expresa este Juzgador que dicha designación del Defensor Agrario, fue realizada en pleno conocimiento de las atribuciones y competencia de las Defensores y Defensoras Públicos Agrarios, est.....