Una vez escuchadas las exposiciones de las partes este JUZGADO NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, fundamentando en forma pormenorizada los hechos y el derecho aplicable, en forma oral; haciendo posteriormente el siguiente pronunciamiento:
PRIMERO: DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD prevista en el ordinal 3° del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, al Imputado NELCY DEL CARMEN RUIZ, colombiana, natural de Cartagena, fecha de nacimiento 07-10-63, de 41 años de edad, Soltera, de profesión u oficio domestica, no porta documento de identidad, hija de los Ciudadanos VICTOR RUIZ PEREZ Y JUANA BATISTA, y residenciada en: CARACAS, EN LA CASA EN DONDE TRABAJO, URB. PALO VERDE, LA TERCERA ETAPA, APARTAMENTO 2B, referida a la presentación por ante este Tribunal cada Treinta (30) días; por la presunta comisión del USO DE DOCUMENTO FALSO, previsto y sancionado en el artículo 45 la Ley Orgánica de Identificación.....