REVOCAR la medida cautelar impuesta al imputado DUVEL ALFONSO RIERA BRICEÑO, Venezolano, natural de Cabimas, Estado Zulia, 19 años de edad, Titular de la Cédula de identidad 20.085.468, Soltero, Obrero, fecha de nacimiento: 15-05-1990, hijo de los ciudadanos EDGAR RIERA y YASMIRA BRICEÑO, residenciado en Barrio Bellas Vista, avenida 41, calle la Gloria, frente a la antigua bodega La Marina, entrando por el Cementerio nuevo de Cabimas, Estado Zulia, teléfono: 0264-8084129, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 262 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el 264 ejusdem, y en consecuencia librar ORDEN DE APREHENSIÓN en su contra, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 250, 251 del Código Orgánico Procesal Penal, y fijar la realización de la AUDIENCIA PRELIMINAR una vez que el prenombrado imputado sea aprehendido y puesto a la orden de este tribunal, ofíciese a la Policía Regional del estado Zulia, quedando las partes presentes notificadas de lo aquí aco.....