Por los fundamentos antes expuestos este Juzgado Séptimo de Ejecución del Circuito Judicial del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, OTORGA EL BENEFICIO DE SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA, a la penada YURANY FERNANDEZ titular de la cédula de identidad N° 7.937.257, venezolana, natural de Paraguaipoa, Estado Zulia, soltera, comerciante, de 37 años de edad, hija Dionilda Fernández residenciada en el Barrio 24 de julio, avenida 49E, casa 177-48, diagonal a la Farmacia Los Medanos Municipio San Francisco Estado Zulia de conformidad con el ordinal 1° del artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, fijándole un plazo de régimen de prueba por el lapso de DOS AÑOS contados a partir de la presente fecha, la cual terminará de cumplir el día 17-12-2009.- Regístrese la presente decisión. Líbrese las correspondientes Boletas de Notificación a las partes y remítase con oficio al Coordinador de.....