este Tribunal provee conforme a lo solicitado en este juicio y ordena: SUSPENDER MEDIDA DE PROHIBICION DE ENAJENAR Y GRAVAR, decretada por este Juzgado en fecha trece (13) de octubre de 2000, y que fue participada al Registrador Subalterno del Primer Circuito de Registro del Municipio Maracaibo del estado Zulia por oficio N° 2396-00, la cual recayó sobre un inmueble constituido por un apartamento Pent House (PH), ubicado en la Décima Segunda (12) y Décima Tercera (13) Plantas (Piso Once y Doce) del Edificio denominado Residencias Charlie’s, el cual se encuentra en la intersección Sur-Oeste formada por la Avenida 9 con la Calle 75 de la ciudad de Maracaibo, marcado con el No. 75-12, en la jurisdicción de la Parroquia Olegario Villalobos del Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia, con una superficie aproximada de QUINIENTOS CINCUENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS CON SESENTA DECÍMETROS CUADRADROS (554,60 Mts.2), distribuidos en dos plantas determinadas de la siguiente forma: PRIMERA P.....