PARTE DISPOSITIVA
ESTE JUZGADO PRIMERO DE EJECUCION DE LA SECCION DE ADOLESCENTE S DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA ACUERDA DECLARAR CON LUGAR lo solicitado por la Defensa Publica en este acto en el sentido de que se acuerde el cese de la sanción de Libertad Asistida y Reglas de Conducta, evidenciando quien aquí decide, que efectivamente de las actas se puede observar el cumplimiento a cabalidad de todas y cada una de las obligaciones impuestas, así mismo se observa oficio No. 305, emanado de Libertad Asistida del Inam del cual se observa el cumplimiento de la sanción; y siendo que la sanción debió cumplirla hasta el día 28-10-2008 por el lapso de tiempo estipulado, de conformidad con el artículo 645 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, el cual establece que "Cumplida la medida impuesta... el Juez de Ejecución ordenará la cesación de la misma y en su caso, la libertad plena", y en virtud d.....